Al momento de declarar renta, es importante que sepas que tendrás que pagar una tarifa por concepto de anticipo del impuesto de renta del próximo año. Esta medida impacta a todas las personas naturales que no están obligadas a registrar su contabilidad. En el presente artículo te contaremos todo lo que debes saber sobre este tema. ¡Acompáñanos!
De acuerdo a la DIAN, el anticipo del impuesto de renta es uno de los caminos indirectos que utiliza la administración tributaria para conseguir sus objetivos de recaudación. Básicamente, este impuesto busca que los contribuyentes paguen parte del impuesto de renta del próximo año por adelantado. El valor de este anticipo es calculado de acuerdo a la declaración de renta del año actual.
De acuerdo a la normativa legal, casi todas las personas, naturales o jurídicas, están obligadas a pagar el anticipo al impuesto de renta. Algunas excepciones que pueden no realizar este pago son los contribuyentes pertenecientes al régimen especial del impuesto de renta y las empresas que se encuentran en proceso de liquidación, ya que es bastante probable que para un próximo año no existan.
Para calcular el anticipo del impuesto de renta es necesario conocer cuál porcentaje aplica de acuerdo al caso:
Una vez sepas cuál porcentaje te aplica, deberás multiplicar el impuesto del año actual por el porcentaje correspondiente. Luego de ello, deberás restar las retenciones que apliquen y el resultado será el valor del anticipo que deberás pagar.
Concepto |
Descripción |
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Base de cálculo |
Impuesto neto de renta del año gravable actual |
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Porcentaje aplicable |
25% si es la primera declaración, 50% si es la segunda y 75% de la tercera en adelante |
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Retenciones descontables |
Retención en la fuente y autorretenciones en el año gravable actual |
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Procedimiento de cálculo |
(Impuesto actual) x porcentaje correspondiente - retenciones que apliquen = el valor de anticipo a pagar |
La declaración de renta para personas naturales deberá presentarse entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, de acuerdo al último dígito del NIT o de la cédula y el día que corresponda. En este orden de ideas, estas son fechas cruciales ya que dentro de este mismo período de tiempo debe diligenciarse la información y el cálculo para realizar el pago del anticipo.
El pago de este anticipo es una responsabilidad tributaria ineluctable para los ciudadanos colombianos. En caso de no realizarlo dentro de las fechas establecidas, o de no liquidarlo, la declaración de renta deberá ser corregida y pagar la sanción correspondiente por dicha corrección. Naturalmente, también deberán pagarse los intereses moratorios por no realizar el cálculo y pago desde el comienzo.
En caso de omitir su pago, la DIAN puede interponer sanciones que van desde el 5% hasta el 200% sobre el impuesto calculado.
Si no quieres tener problemas con el pago de tus anticipos sobre impuestos, estos son algunos consejos que puedes seguir: