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Reforma pensional suspendida por la Corte Constitucional

Escrito por Nikolle Fonseca | junio 20 2025

Colombia tenía previsto implementar un nuevo sistema pensional a partir del 1 de julio de 2025, conforme a lo establecido en Ley 2381 de 2024 y el Decreto 0514

 

Sin embargo, el 17 de junio, la Corte Constitucional mediante el Auto 841 de 2025 suspendió su entrada en vigencia al identificar vicios de procedimiento durante el trámite legislativo.

 

La Ley no ha sido anulada, pero su aplicación queda en pausa hasta que el Congreso repita una votación clave y la Corte evalúe si los errores fueron subsanados.

 

Actualmente, apenas una de cada cuatro personas en Colombia accede a una pensión, según cifras oficiales de Colpensiones. Ante esta realidad, el Gobierno ha planteado que uno de los principales objetivos de la reforma es ampliar la cobertura pensional, especialmente para adultos mayores en condición de vulnerabilidad.

 

A continuación, te explicamos qué cambia, qué sigue vigente y qué deberías tener en cuenta como empresa, trabajador o cotizante.

Las razones detrás de la suspensión de la reforma pensional 2025

El 17 de junio de 2025, la Corte Constitucional ordenó suspender la entrada en vigor de la reforma pensional debido a vicios en el trámite legislativo durante su aprobación en el Congreso.

¿Qué tipo de errores encontró?

Según lo ocurrido en la plenaria del Senado, la Corte identificó dos fallas principales: 

  • Falta de debate en Cámara: La Cámara de Representantes aprobó el texto tal como venía del Senado sin discutirlo ni modificarlo, lo que se considera una violación al debido proceso legislativo.
  • Irregularidades en el procedimiento: La Corte determinó que se omitieron pasos clave y que esto afectó la legitimidad de la ley.

¿La ley quedó anulada?

La Ley 2381 de 2024 sigue formalmente vigente. No obstante, su aplicación se encuentra suspendida hasta tanto el Congreso repita una votación clave en la Cámara de Representantes y la Corte Constitucional revise nuevamente su validez jurídica. 

 

Solo tras ese proceso, y si se supera el control de constitucionalidad, la ley podrá entrar en vigor.

El Congreso tiene 30 días hábiles para corregir el trámite, contados únicamente mientras haya sesiones ordinarias o si se convoca a sesiones extraordinarias. Luego, deberá enviar un nuevo informe a la Corte.

¿Qué artículos sí aplican desde el 1 de julio?

Aunque la mayoría del articulado quedó suspendido, dos disposiciones sí entrarán en vigor:

  • Parágrafo del artículo 12: Las personas que cotizan por encima de 2,3 SMMLV y no están en régimen de transición debían haber elegido su ACCAI antes del 16 de enero de 2025. Si no lo hicieron, fueron asignadas automáticamente por la UGPP.

  • Artículo 76: Permite el traslado de régimen para quienes tengan 750 semanas (mujeres) o 900 semanas (hombres), estén a menos de 10 años de la edad de pensión y hayan recibido doble asesoría. El plazo máximo para hacerlo es el 16 de julio de 2026.

El resto del articulado permanece suspendido hasta nueva revisión constitucional.

¿Qué es la reforma pensional 2025 y cuál es su objetivo?

Como lo explicó Juan David Gómez Barragán, Subdirector de la Unidad de Pensiones y Parafiscales (UGPP), la reforma pensional es un cambio en cómo funciona el sistema actual de pensiones. 

El Gobierno ha indicado que su propósito es garantizar un ingreso básico a los adultos mayores en condición de vulnerabilidad y consolidar a Colpensiones como eje del modelo público.

 

De ser aprobada, la reforma establece que todos los trabajadores deberán aportar a Colpensiones hasta un tope de 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes. A partir de ahí, si ganan más, el excedente irá a fondos privados elegidos por el cotizante.

Decreto 0514 de 2024: ¿Qué cambios propone la reforma pensional?

Aunque no entrará en vigencia aún, el Decreto 0514 establece cómo se modificaría el sistema si se aprueba la reforma:

 

  • Nuevo modelo de cuatro pilares: Solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario.
  • Se modifica la forma de cotizar: hasta $3.274.050 (2,3 SMLMV en 2025) se aporta a Colpensiones; el resto, a la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), como Protección, Porvenir, Colfondos o Skandia.
  • Administración del pilar contributivo: Estaría a cargo del Banco de la República.
  • Semanas para mujeres: Desde 2036, podrían pensionarse con 1.000 semanas, con una reducción de 50 semanas por hijo (hasta 150 semanas).

¿Cuándo entraría en vigencia la reforma pensional?

La entrada en vigencia prevista para el 1 de julio de 2025 ha quedado suspendida. 

El Congreso deberá reanudar el debate legislativo, repetir la votación requerida y enviar un nuevo informe a la Corte. Solo si la Corte avala el texto corregido, se podrá fijar una nueva fecha oficial de implementación.

¿A quiénes impactaría la reforma si se aprueba?

  • A trabajadores e independientes que ganen más de un salario mínimo.
  • A empresas, que deberán ajustar sus sistemas de nómina y aportes.
  • No aplicaría a personas ya pensionadas, militares, quienes están en régimen de transición o reciben pensión por invalidez.

Ejemplo práctico: ¿Cómo funcionaría el nuevo modelo?

Ana es independiente, gana 5 salarios mínimos:

 

  • De su ingreso, 2,3 van a Colpensiones.
  • El resto (2,7) se dirige a la ACCAI que haya elegido.
  • De aprobarse el modelo, recibiría una pensión combinada: parte subsidiada y parte por su ahorro.

Diferencias entre el sistema actual y lo que propone la reforma pensional 2025 

 

Aspecto

Modelo Anterior (Ley 100)

Reforma Pensional 2025 (Ley 2381 de 2024)

Régimen

Dos opciones: público o privado (AFP).

Sistema de cuatro pilares.

Umbral de cotización

Elección entre Colpensiones o fondo privado

Hasta 2,3 SMMLV a Colpensiones; excedente a ACCAI

Semanas mínimas (mujeres)

1300 semanas.

Se reducirían a 1.000 semanas en 2036, con descuento por hijos

Beneficios para vulnerables

Solo existía el programa Colombia Mayor.

Se crean los pilares Solidario y Semicontributivo.

Pensión anticipada

No se permitía pensionarse sin cumplir edad y semanas.

Se permitiría pensionarse con semanas pendientes: mujeres desde los 62 y hombres desde los 65 años.

Administración del fondo

Fondos manejados por Colpensiones o AFP, según elección.

Ahora, el Banco de la República administrará los aportes del Pilar Contributivo.


  • El aporte seguiría siendo del 16% del salario mensual: 75% a cargo del empleador y 25% del trabajador.
  • La edad de pensión no cambiaría: seguiría siendo 57 años para mujeres y 62 para hombres.
  • Los hombres seguirían necesitando 1.300 semanas para pensionarse.

¿Qué sigue para tu empresa con la reforma pensional?

Por ahora, las empresas deben continuar con sus procesos actuales de nómina. Solo si el Congreso subsana los errores y la Corte da su aval, se deberá implementar el nuevo sistema.

En ese escenario, el reto será adaptarse rápidamente, actualizar la planilla de aportes, acompañar al equipo en la transición y mantenerse al día con los requisitos legales.

 

Herramientas como Buk pueden facilitar esa adaptación, ayudando a automatizar procesos, actualizar liquidaciones y reducir el riesgo de errores en el cumplimiento normativo.

 

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