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Declaración de la renta para personas naturales 2024

<span id=hs_cos_wrapper_name class=hs_cos_wrapper hs_cos_wrapper_meta_field hs_cos_wrapper_type_text style= data-hs-cos-general-type=meta_field data-hs-cos-type=text Declaración de la renta para personas naturales 2024

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| Publicación mayo 24, 2024| Última actualización mayo 24, 2024


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Es esencial que comprendamos el significado del impuesto sobre la renta antes de profundizar en el proceso de declaración.

Este impuesto representa un tributo que las personas naturales, ya sean independientes, empleados, entre otros, deben aportar al Estado con base en sus ingresos derivados de su actividad económica, salarios, ganancias ocasionales u otras fuentes de ingreso durante el año anterior.

Entonces, la declaración de la renta para personas naturales consiste en proporcionar a la DIAN toda la información necesaria para que esta entidad realice la validación del cálculo y el valor presentado y pagado por el declarante del impuesto sobre la renta. 

 

Ten en cuenta que la presentación de la declaración de renta se basa en las transacciones financieras del año previo. Es decir, en este 2024 la declaración se debe construir a partir de las operaciones realizadas durante todo el 2023. 

¿Quienes deben presentar la declaración de renta?

 En primer lugar, ten presente que no todas las personas naturales tienen la obligación de declarar renta.

Los límites más importantes que debemos tener presente para la declaración de renta se encuentran pactados por la DIAN con base a los ingresos, movimientos bancarios, patrimonio, entre otros, siendo estos:

 

  1. Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable a declarar exceda de 4.500 UVT. Es decir, que al finalizar el año gravable 2023 este sea igual o mayor a $190.854.000
  2. Que los ingresos brutos sean superiores a 1.400 UVT. Es decir, que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o mayores a $59.376.800 . Esto es un promedio de ingresos mensuales de $4.600.000.

  3. Que los consumos mediante tarjeta de crédito excedan de 1.400 UVT. Es decir, que las transacciones mediante tarjeta de crédito sean iguales o mayores a $59.376.800
  4. Que el valor total de compras y consumos supere las 1.400 UVT. Es decir, que el valor total de estos, sean igual o mayores a $59.376.800
  5. Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras exceda de 1.400 UVT. Es decir, que el valor total de los anteriores sean igual o mayores a  $59.377.000

Debemos tener en cuenta que la UVT para calcular los montos en pesos Colombianos que se debe usar será la del año gravable, es decir 2023 ($ 42.412)

Calendario declaración de renta personas naturales

Agosto_Renta-personas-naturales-notadeblog

 

Septiembre_Renta-personas-naturales-notadeblog

 

Octubre_Renta-personas-naturales-notadeblog

Sanciones por hacer la declaración fuera de plazo

Las personas naturales que tienen la  obligación de presentar su declaración de renta y que lo hagan por fuera de los plazos establecidos estarán sujetas a sanciones previstas por la ley.

 

  • Las personas que hagan  su declaración de renta después del plazo, se enfrentan a una penalización por declaración tardía, conocida como sanción por extemporaneidad.

    Esta sanción corresponde al 5% del impuesto a cargo y se incrementa mensualmente o por fracción de mes que transcurra entre la fecha límite de pago y la fecha de presentación de la declaración de renta.
  • En 2023, la sanción mínima por incumplimiento o cumplimiento deficiente de las obligaciones ante la DIAN es de $424.120, (10 UVT)  monto establecido en el Art 639 del ET. Esto significa que, incluso si la declaración de renta resulta en un saldo a pagar de cero, la persona debe asumir este monto si presenta la declaración con un día de retraso.
  • La persona recibirá  un aviso persuasivo, indicando que dispone de un mes como máximo para validar las obligaciones a las que corresponda, de estar obligado, deberá presentar y cancelar la declaración en este término .

    De no cumplirse este plazo, se aplicará un recargo adicional del 10%, según lo establecido en el artículo 642 de la ley correspondiente.
  • En caso de no declarar impuestos sobre la renta en cualquiera de las circunstancias mencionadas anteriormente, se aplicará una sanción del 20% sobre el valor de las consignaciones bancarias o los ingresos brutos  según corresponda al período en el que no se realizaron las declaraciones fiscales o en relación con los ingresos de la última declaración presentada, conforme al artículo 643 deL ET..

En este artículo te presentamos una información muy generalizada de la declaración de renta de personas naturales, así que para casos más puntuales te recomendamos asesorarte con un contador de confianza. 

¡Hola! Soy Claudia y me apasiona la escritura, la edición, la investigación y el marketing. Actualmente hago conten...

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