¿Quieres ver una demostración sin costo? Explora todo lo que Buk tiene para ti

Volver a Glosario

Intereses a las cesantías

Intereses de cesantías

¿Qué es Intereses a las cesantías?

Esta obligación laboral complementa el pago de cesantías y busca compensar al trabajador por no disponer de esos recursos durante el año. El empleador debe pagarlos directamente al trabajador a más tardar el 31 de enero de cada año o al finalizar el contrato. Se calculan sobre el saldo acumulado de cesantías y se liquidan proporcionalmente si el tiempo trabajado es menor a un año. Su incumplimiento puede generar sanciones.

Ejemplo:

Una empresa paga en enero los intereses correspondientes a las cesantías causadas el año anterior.

Consejos de aplicación

Separar presupuestalmente este pago evita incumplimientos y sanciones.

Diferencias relevantes

Se pagan al trabajador, mientras que las cesantías se consignan en un fondo.

Normativas asociadas

Ley 50 1990 Ley 52 19975

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se pagan?

A más tardar el 31 de enero de cada año.

¿Se consignan al fondo?

No, se pagan directamente al trabajador.

¿Aplican si no se trabajó el año completo?

Sí, de forma proporcional.