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Ingreso Base de Cotización (IBC): cálculos y generalidades

<span id=hs_cos_wrapper_name class=hs_cos_wrapper hs_cos_wrapper_meta_field hs_cos_wrapper_type_text style= data-hs-cos-general-type=meta_field data-hs-cos-type=text Ingreso Base de Cotización (IBC): cálculos y generalidades

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| Publicación septiembre 27, 2021| Última actualización septiembre 25, 2023


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El Ingreso Base de Cotización (IBC) es un término fundamental en el sistema de seguridad social en Colombia. Tanto los trabajadores asalariados como los autónomos realizan contribuciones basadas en este valor, que afectan directamente a su jubilación y otros beneficios. En este artículo, exploraremos en detalle qué es el IBC, cómo se calcula y sus diferencias con el salario básico.

 

¿Qué es el Ingreso Base de Cotización - IBC?

El IBC es el valor del salario de un colaborador dependiente o independiente, tomando como base para la aplicación el porcentaje de aporte a la hora de efectuar la cotización del Sistema de Previsión Social, en función con el salario básico y las distintas actualizaciones que tengan los trabajadores en el mes cursado.

 

Con esta porción de la remuneración queda determinada la relación de los aportes vinculados a la seguridad social, como, por ejemplo: salud, riesgos laborales y cajas de compensación familiares.

 

De estos aportes deberá tenerse en consideración, algunos aspectos:

 

  • En relación con los fondos asociados a la salud y pensión, los mismos serán afrontados por el  colaborador dependiente y su empleador en determinados márgenes porcentuales. Por otro lado, los autónomos deberán hacerse cargo de la totalidad de los aportes efectuados.

  • El fondo derivado a los fondos laborales será afrontado únicamente por el empleador para los casos que se trate de asalariados dependientes. Para el caso de los trabajadores autónomos, se deberán abonar los aportes si la actividad se encuadra bajo niveles de riesgo: 1, 2 o 3; tratándose de riesgo 4 y 5, correrá por cuenta del contratante hacer estos aportes.

Diferencia entre Salario Básico e Ingreso Base de Cotización (IBC): 

Por salario básico se entiende a la suma retribuida a cada colaborador de manera mensual por las actividades y funciones desempeñadas en el ámbito laboral. Esta suma es pactada mediante el contrato de trabajo donde, oportunamente, se pauta una duración específica.

 

En cuanto al IBC, este fondo es generado por un colaborador que ha entregado servicios a lo largo de su vida activa laboral. La condición esencial para empezar a cobrar ese ingreso será el cumplimiento de edad estipulada por la ley.

 

A pesar de que sean dos vocablos que designan casi lo mismo, dentro del análisis exhaustivo entre el salario básico y el ingreso base de cotización, se encuentran las siguientes diferencias:

 

 

  • En primer orden, ambas son retribuciones económicas recibidas por el empleado por el fruto de sus servicios.

  • La principal diferencia radica en que el salario es una remuneración fija calculado sobre la base de incentivos preestablecidos por la norma. Y el Ingreso Base de Cotización tiene en consideración el monto total de los devengos constituidos por el salario promedio, las horas extras, licencias, entre otros.

 

¿Cómo calcular el IBC para los aportes jubilatorios? 

Para aquellos que se incluyan en la nómina de asalariados dependientes, se tomará como patrón inicial al sueldo básico sumado a todos los pagos que compongan al salario, como, por ejemplo, las primas, bonificaciones, horas adicionales trabajadas, comisiones, entre otros. En este encuadre jurídico también se involucra todo aquello relacionado con el salario en especie o integral.

 

Cuando se tratara de colaboradores autónomos, en este caso, el cálculo estará en función de la categoría respectiva a la que pertenezca el empleado:

 

• Modalidad de contratación de prestación de servicios: Si posee ingresos equivalentes o que excedan un sueldo mínimo, tendrá la carga de efectuar sus aportes jubilatorios sobre la base de un Ingreso Base de Cotización del 40% del importe mensual de la contratación.


• Modalidad cuentapropista y rentista del capital: En esta modalidad de contrato, los trabajadores realizarán sus aportes a la previsión social, sobre el Ingreso Básico de Cotización del 40%, toda vez que los ingresos tengan equivalencia o excedan un salario mínimo, sin perjuicio que, previo al cómputo, podrán efectuar los descuentos atinentes a los gastos incurridos para la realización de sus actividades mensuales.


¿Cuáles son las condiciones para liquidar aportes con la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA-?

Dicho instrumento se ocupa de liquidar aportes que tienen que ser abonados conforme lo establecido por las normas de seguridad social.

 

El monto es calculado en virtud de la información que cada colaborador vuelque en la planilla, pues en ella debe indicarse el salario percibido del sujeto -Ingreso Base de Cotización-, condición de cada colaborador si es pensionado, o en cuyo caso se tratare de un estudiante o madre comunitaria, entre otras cotizaciones existentes.

 

El decreto de 1990/2016, advierte ciertos ajustes necesarios para calcular los montos de la seguridad social:

 

Para el Ingreso Base de Cotización, los importes con decimales deben aproximarse al peso elevado más cercano. Por ejemplo, si tomamos en cuenta un IBC de $1.800.304,78, el importe deberá redondearse a un valor de $1.800.305, e indicar este cómputo para iniciar la cotización.

 

¿Qué ocurre si se imputa un Ingreso Base de Cotización erróneo? 

Si reportas un Ingreso Base de Cotización falaz, tu colaborador está protegido por ley para iniciar acciones legales y acarrear eventuales sanciones. Evitar multas y delitos de evasión al fisco es posible si se toman las medidas digitales y los recaudos suficientes sobre cómo calcular IBC.


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¡Hola! Soy Claudia y me apasiona la escritura, la edición, la investigación y el marketing. Actualmente hago conten...

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