Beneficios tributarios por contratación en Colombia 2026
Evita multas y desajustes en tu nómina con las nuevas reglas tributarias y laborales.
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| Publicación octubre 19, 2026| Última actualización octubre 19, 2026
Evita multas y desajustes en tu nómina con las nuevas reglas tributarias y laborales.
Los beneficios tributarios por contratación en Colombia son incentivos fiscales establecidos en el Estatuto Tributario y en leyes especiales para motivar a los empleadores a vincular formalmente a poblaciones con barreras de acceso al mercado laboral.
Estos mecanismos permiten a las compañías reducir su impuesto sobre la renta mediante deducciones del 120 % al 200 % de los salarios pagados, obteniendo un doble impacto: una optimización efectiva de la carga fiscal corporativa y el cumplimiento de metas de impacto social.
¿Qué son los beneficios tributarios por contratación en Colombia?
Los beneficios tributarios por contratación en Colombia son incentivos fiscales concedidos por el Gobierno Nacional que permiten a los empleadores aplicar deducciones incrementadas en su declaración del impuesto sobre la renta al vincular laboralmente a grupos poblacionales prioritarios.
Estos beneficios funcionan como deducciones especiales en las que la DIAN reconoce en la declaración de renta un porcentaje mayor al 100 % de los costos salariales y prestacionales efectivamente pagados durante el año gravable, previa verificación del pago de los aportes obligatorios en la planilla PILA fiscalizados por la UGPP.
Principales incentivos fiscales por tipo de población contratada
Los principales incentivos fiscales por contratación en Colombia permiten deducir en la declaración de renta entre el 120% y el 200% de los salarios y prestaciones sociales pagados a jóvenes en primer empleo, personas con discapacidad, mujeres víctimas de la violencia y adultos mayores no pensionados.
Para acceder a estas deducciones especiales, la legislación colombiana exige el cumplimiento de requisitos específicos de acreditación, el mantenimiento del incremento neto de la plantilla de personal y el pago oportuno de aportes al Sistema de Seguridad Social a través de la PILA.
Contratación de jóvenes menores de 28 años (primer empleo - Art. 108-5 ET)
Las empresas que contraten empleados menores de 28 años que no hayan registrado aportes al Sistema Integral de Seguridad Social previamente como cotizantes dependientes pueden deducir el 120 % de los pagos por concepto de salario en su declaración de renta.
El requisito esencial es que la vinculación corresponda a un primer empleo, que la contratación genere un incremento neto en la nómina de la empresa frente al año anterior y que el cargo se mantenga por el tiempo mínimo fijado por el reglamento.
Contratación de mujeres víctimas de la violencia (Ley 1257 de 2008)
Los empleadores que vinculen laboralmente a mujeres víctimas de la violencia comprobada tienen derecho a una deducción del 200 % del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año gravable, hasta por un periodo máximo de tres (3) años por cada trabajadora (Art. 23 de la Ley 1257 de 2008).
Para acceder a este beneficio, es indispensable contar con la medida de protección o la certificación expedida por la autoridad competente (Fiscalía General de la Nación, jueces o comisaría de familia).
Contratación de personas con discapacidad (Ley 361 de 1997)
Los empleadores que vinculen trabajadores con discapacidad comprobada igual o superior al 25 % pueden deducir el 200 % del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados a estos empleados en el periodo gravable (Art. 31 de la Ley 361 de 1997).
Adicionalmente, esta norma otorga prelación en licitaciones públicas y disminuye las cuotas de aprendices SENA según la proporción de trabajadores contratados.
Contratación de adultos mayores sin pensión (Ley 2040 de 2020)
Los empleadores que contraten personas que hayan alcanzado la edad de jubilación y que no gocen de pensión de vejez ni hayan completado los requisitos de cotización pueden deducir el 120 % del valor de los salarios pagados.
Es condición obligatoria que los trabajadores hayan estado desempleados al menos durante los últimos 12 meses previos a la contratación.
Población beneficiaria Marco legal Deducción en renta Requisito principal Primer empleo (jóvenes < 28) Art. 108-5 ET 120 % Sin aportes previos a seguridad social e incremento neto de nómina Mujeres víctimas de violencia Ley 1257 de 2008 200 % Certificación o medida de protección oficial (máximo 3 años). Personas con discapacidad Ley 361 de 1997 200 % Pérdida de capacidad laboral ≥ 25% (Certificado Minsalud / Dictamen). Adultos mayores sin pensión Ley 2040 de 2020 120 % Sin pensión y 12 meses desempleados previamente.
Lectura recomendadaResolución 347 de 2026: Guía del Código Dorado para RRHH
Requisitos de la DIAN y el Ministerio del Trabajo para aplicar las deducciones
Para garantizar la viabilidad fiscal de las deducciones y evitar sanciones por parte de la DIAN o fiscalizaciones de la UGPP, las empresas deben soportar oportunamente cada vinculación.
Certificación del Ministerio del Trabajo (primer empleo)
Para la deducción por primer empleo, la empresa debe tramitar ante el Ministerio del Trabajo la certificación que valida el cumplimiento de las condiciones legales de los trabajadores reportados en la nómina.
Paz y salvo en aportes a Seguridad Social y PILA
El empleador debe estar al día en sus obligaciones salariales, parafiscales (SENA, ICBF, Cajas de Compensación) y de seguridad social.
Las cotizaciones en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) deben registrar los pagos correctos dentro de las fechas límite establecidas por la ley.
Certificados médicos y dictámenes de calificación
- Para la Ley 361 de 1997
Contar con el certificado de discapacidad emitido bajo el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD) regulado por la Resolución 113 de 2020 del Ministerio de Salud, o el dictamen de pérdida de capacidad laboral expedido por la EPS, ARL o Junta de Calificación de Invalidez.
- Para la Ley 1257 de 2008:
Adjuntar la certificación o medida de protección expedida por la Fiscalía, jueces o comisarías de familia.
- Para la Ley 2040 de 2020:
Validar la historia laboral del trabajador en Colpensiones o en los fondos privados para constatar la ausencia del derecho pensional.
Paso a paso para aplicar los beneficios tributarios en la nómina corporativa
- Identificar la población objetivo: clasificar a los candidatos o empleados activos en el proceso de selección o contratación.
- Validar la documentación soporte: recopilar certificados médicos, historia laboral, cédula o decisiones judiciales aplicables.
- Solicitar los certificados administrativos: tramitar ante el Ministerio del Trabajo la certificación del primer empleo cuando aplique.
- Configurar los conceptos en el software de nómina: asociar a los empleados beneficiarios dentro de la nómina con las marcas o campos específicos para el beneficio fiscal.
- Generar la nómina electrónica: transmitir a la DIAN los comprobantes individuales de pago de nómina indicando los conceptos salariales reales pagados.
- Consolidar el soporte para la Declaración de Renta: entregar al área contable y tributaria el expediente administrativo con el cálculo de la deducción especial (120 % o 200 %) para la liquidación del impuesto.
¿Cómo un software de recursos humanos y nómina simplifica la gestión de incentivos tributarios?
Gestionar los beneficios fiscales de forma manual o en hojas de cálculo aumenta el riesgo de errores en la PILA y de inconsistencias al transmitir la nómina electrónica a la DIAN. Por eso, contar con un software de nómina como el de Buk marca la diferencia, ya que permite:
- Centralizar los expedientes digitales: almacenar certificados médicos, dictámenes y acreditaciones en el expediente único de cada colaborador.
- Automatizar etiquetas e indicadores: parametrizar los perfiles de los trabajadores elegibles para identificar cuántas contrataciones califican para el beneficio y calcular las deducciones en tiempo real.
- Garantizar la trazabilidad del pago: verificar que los salarios, los aportes a la seguridad social y la nómina electrónica coincidan, con soportes listos para auditorías de la DIAN o requerimientos de la UGPP.
Si tu empresa busca escalar su operación y reducir la carga administrativa, automatizar la gestión de colaboradores con una herramienta especializada es el camino más directo para cumplir la normativa.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto se puede deducir en renta por contratar jóvenes en Colombia?
Las empresas pueden deducir el 120 % del valor de los salarios pagados a jóvenes menores de 28 años que sean contratados en su primer empleo, de acuerdo con el artículo 108-5 del Estatuto Tributario.
¿Qué beneficio tributario hay por contratar personas con discapacidad?
De acuerdo con la Ley 361 de 1997, los empleadores pueden deducir el 200 % del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados a personas con discapacidad que tengan una limitación laboral igual o superior al 25 %.
¿Se pueden acumular dos beneficios tributarios por el mismo empleado?
No. Según las reglas generales del Estatuto Tributario (Art. 23-1 ET), un mismo pago o costo salarial no puede generar una doble deducción ni concurrir en dos incentivos fiscales sobre el mismo concepto. Se debe aplicar la deducción tributaria de mayor beneficio para la compañía.
¿Qué se necesita para certificar el primer empleo ante el Ministerio del Trabajo?
Se debe presentar la solicitud formal ante el Ministerio del Trabajo adjuntando el documento de identidad del trabajador, la certificación de ausencia de aportes a la seguridad social previos en PILA como cotizante dependiente y el contrato de trabajo registrado en la empresa.
Profesional en Estudios Literarios y Edición de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, con formación complementaria en ...


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