Cultura y bienestar laboral

Licencia de maternidad: cuántos días son y cómo se paga

<span id=hs_cos_wrapper_name class=hs_cos_wrapper hs_cos_wrapper_meta_field hs_cos_wrapper_type_text style= data-hs-cos-general-type=meta_field data-hs-cos-type=text Licencia de maternidad: cuántos días son y cómo se paga

| 2 Minutos de lectura

| 22 septiembre, 2023


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La licencia de maternidad es uno de los derechos más importantes para muchas trabajadoras en Colombia en materia de Seguridad Social. Donde podrás descansar de tus responsabilidades laborales para atender a tu hijo o hija recién nacido sin perder tu empleo o tu salario mensual. 


En este artículo te responderemos las dudas o preguntas más frecuentes de muchas personas tanto del mundo laboral como del área de gestión de personas. 

 

 

¿Cuánto dura la licencia de maternidad? 

En Colombia gracias a la Ley 1822 del 4 de enero de 2017, el periodo de licencia por maternidad es de 18 semanas, es decir, 4 meses y medio. 


El principal objetivo de esta Ley es promover la lactancia materna los primeros meses de vida, además de generar conexión de la madre con el bebé. En casos especiales Si la madre fallece después del parto, el padre debería asumir el tiempo de licencia restante que la madre tiene por Ley y así hacerse cargo de los cuidados especiales de alimentación y cuidados. 

 

 

¿Cómo funciona la distribución de las 18 semanas?

Dentro de las 18 semanas permitidas por Ley es necesario y obligatorio tomar al menos una semana antes de la fecha estimada del parto, es decir, si te tomas una semana antes tendrás 17 semanas restantes para así sumar las 18 estipuladas por la Ley. 

 

 

¿De cuánto es el pago durante el tiempo de licencia de maternidad en Colombia?

Durante el tiempo que la trabajadora o colaboradora de la empresa se encuentre en licencia deberá recibir el 100% de su salario mensual. La empresa no podrá descontar nada por no presentarse a trabajo bajo esta causa. 

 

 

Esto dice literalmente la Ley en Colombia: 

1. Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de dieciocho (18) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al momento de iniciar su licencia.


2. Si se tratare de un salario que no sea fijo como en el caso del trabajo a destajo o por tarea, se tomará en cuenta el salario promedio devengado por la trabajadora en el último año de servicio, o en todo el tiempo si fuere menor.

 

 

¿Existen casos especiales? 

• Parto prematuro: la Ley tiene en cuenta la diferencia entre el período de gestación y la fecha en que sería el término del embarazo. Las semanas que faltan se suman a las 18 que por Ley se deben dar. Estas serán remuneradas con el salario regular también.


•  Parto múltiple: En este caso la mamá tendrá 2 semanas extras, es decir, si tiene gemelos, podrá gozar de 20 semanas en total. Con la misma remuneración económica de los anteriores.


• No gozó de la semana preparto obligatorio: si por alguna razón la mamá no  gozó de la semana prenatal obligatoria o de alguna de las 17 posparto de descanso, la empresa deberá pagar tales días aparte del salario regular.

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