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Reglas del Decreto 0991 de 2026 para Plataformas Digitales

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| Publicación septiembre 28, 2026| Última actualización septiembre 28, 2026

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El Decreto 0991 de 2026 reglamenta la vinculación y el pago de aportes a la seguridad social de los trabajadores independientes que prestan servicios a través de plataformas digitales en Colombia. La norma establece el esquema de cofinanciación de aportes, determina el Ingreso Base de Cotización (IBC) y fija el reporte obligatorio de información. 

¿Qué es el Decreto 0991 de 2026 y a quiénes aplica en Colombia?

El Decreto 0991 de 2026 es la norma reglamentaria expedida por el Gobierno Nacional de Colombia que fija las reglas para la afiliación, cotización y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de trabajadores digitales en servicios de reparto.

Esta normativa aplica a las empresas de digitales de reparto, así como a los repartidores independientes que prestan sus servicios a través de ellas en el territorio nacional. La norma busca garantizar que la actividad realizada mediante aplicaciones cuente con cobertura formal en salud, pensión y riesgos laborales, creando un mecanismo de responsabilidad compartida entre la empresa tecnológica y el trabajador.

 

¿Cuándo entra en vigor y desde cuándo es exigible el Decreto 0991 de 2026?

El Decreto 0991 de 2026 rige desde su publicación, el 4 de agosto de 2026, por lo que sus disposiciones de organización y alistamiento tecnológico ya están vigentes.

 

Sin embargo, las obligaciones de cotización, retención, reporte y recaudo para las plataformas digitales y los trabajadores independientes no son exigibles de inmediato. Su aplicación depende de la adecuación de los sistemas tecnológicos, especialmente de la PILA, y de la certificación oficial del Ministerio de Salud sobre su plena operatividad.

 

Por esto, existe una diferencia entre la entrada en vigor del decreto y el momento en que las nuevas obligaciones empiezan a ser exigibles.

Cofinanciación 60/40 y ARL: ¿Cómo se dividen los aportes a la seguridad social?

El Decreto 0991 de 2026 establece un modelo de aportes compartidos donde la plataforma digital asume el 60% del pago de salud y pensión, mientras el trabajador aporta el 40% restante; la ARL es cubierta al 100% por la plataforma.

 

El esquema de cofinanciación divide la carga contributiva para proteger la cobertura del trabajador independiente sin trasladarle la totalidad del costo. La tarifa de salud se mantiene en el 12,5% y la de pensión en el 16% sobre el IBC.

La cotización a Administradora de Riesgos Laborales (ARL) depende de la categoría del riesgo de la actividad y su pago es responsabilidad exclusiva de la plataforma digital.

Base de Cotización (IBC) y liquidación de aportes en la planilla PILA

El Ingreso Base de Cotización (IBC) para trabajadores de reparto se calcula sobre el 40% de los ingresos netos mensuales devengados en la aplicación.


Para determinar la liquidación en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), se calcula el 40% de la totalidad de ingresos recibidos por el trabajador digital en servicios de reparto a través de la plataforma respectiva y sobre ese IBC se aplican los porcentajes correspondientes.

 

Caso práctico • Liquidación 2026
Plataformas digitales e independientes
Caso de estudio: Repartidor independiente con ingresos brutos de $3.500.000 COP (SMLMV 2026: $1.750.905 COP | ARL Riesgo IV: 4,35%).
1. Cálculo del IBC y ajuste al piso mínimo
Base presunta del 40%: $1.400.000 COP
Ajuste obligatorio: Al ser menor al mínimo legal, la base en PILA se ajusta a $1.750.905 COP.
2. Liquidación de Salud (12,5%) Total: $218.863 COP
Plataforma (60%): ($1.750.905 × 7,5%) $131.318 COP
Trabajador (40%): ($1.750.905 × 5,0%) $87.545 COP
3. Liquidación de Pensión (16,0%) Total: $280.145 COP
Plataforma (60%): ($1.750.905 × 9,6%) $168.087 COP
Trabajador (40%): ($1.750.905 × 6,4%) $112.058 COP
4. ARL Riesgo IV (4,35%) Total: $76.164 COP
Plataforma (100%): ($1.750.905 × 4,35%) $76.164 COP
Trabajador: $0 COP
TOTAL PLATAFORMA
$375.569 COP
 
DEDUCCIÓN TRABAJADOR
$199.603 COP

Requisitos tecnológicos y reporte de información ante el Ministerio de Salud

El Decreto 0991 de 2026 exige ajustes tecnológicos para gestionar la información de afiliación, aportes y novedades de los trabajadores digitales. Mientras el Ministerio de Salud y las entidades del sistema adecuan la PILA, el RUAF y el SAT, las plataformas de reparto deberán preparar sus sistemas para cumplir con sus nuevas obligaciones.

 

Entre los principales cambios que deberán contemplar están:

 

  • Afiliación a la ARL: Gestionar la afiliación de los trabajadores digitales independientes al Sistema General de Riesgos Laborales, bajo la clasificación correspondiente a la actividad de reparto.
  • Retención y pago de aportes: Configurar el sistema para retener el 40% que corresponde al trabajador y consolidar el 60% a cargo de la plataforma, realizando el pago mediante la PILA.
  • Reporte de información: Transmitir mensualmente los ingresos efectivamente percibidos y el tiempo efectivo de servicio de cada trabajador.
  • Novedades y accidentes: Habilitar mecanismos para reportar ingresos, retiros, novedades y accidentes o enfermedades relacionados con la actividad.
  • Trazabilidad e interoperabilidad: Conservar los registros de la información reportada y preparar los sistemas para consultar y validar afiliaciones y pagos mediante la interoperabilidad con RUAF, SAT y PILA.

Estos ajustes podrán adelantarse durante el periodo de implementación. Sin embargo, las obligaciones de cotización, retención, reporte y recaudo serán exigibles una vez se certifique la plena operatividad de las adecuaciones tecnológicas y transcurra el periodo de 12 meses previsto por la Ley 2466 de 2025.

Sanciones y fiscalización de la UGPP por incumplimiento del Decreto 0991

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) tiene a su cargo el control y seguimiento de la afiliación o vinculación y pago al Sistema General de Seguridad Social de los trabajadores digitales en servicios de reparto.


Las empresas de plataformas digitales de reparto deben cumplir las obligaciones de afiliación, cotización y pago mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA o la herramienta que haga sus veces, conforme a la regulación aplicable.


Las sanciones económicas pueden incluir multas por omisión de información, intereses moratorios sobre los saldos no pagados a los subsistemas de salud, pensión y ARL, e incluso la suspensión temporal de operaciones en el país dictada por las autoridades competentes.

¿Cómo gestionar la nómina con Buk?

El Software de Nómina de Buk permite centralizar y automatizar el cálculo de salarios, liquidaciones, descuentos y aportes a seguridad social, facilitando el cierre de nómina y la generación de la PILA. Además, cada novedad ingresada se incorpora automáticamente a los cálculos correspondientes.

 

Con Buk, las empresas pueden gestionar la nómina, generar archivos de PILA y documentos de nómina electrónica, además de crear reportes para hacer seguimiento a la información y mantenerla organizada en un solo lugar.

 

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el Decreto 0991 de 2026 sobre la ARL en plataformas digitales?

El Decreto 0991 de 2026 establece que las plataformas digitales deben asumir el 100% del pago de la cotización a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) de sus repartidores.

El porcentaje depende del nivel de riesgo de la actividad desarrollada y no puede descontarse del ingreso del trabajador.

¿Cómo se divide el pago de salud y pensión bajo el Decreto 0991 de 2026?

El pago de los aportes a salud y pensión se realiza bajo un esquema de cofinanciación 60/40.

La empresa propietaria de la plataforma digital paga el 60% de la tarifa total del aporte y el trabajador independiente asume el 40% restante, descontado o pagado mediante la PILA.

¿Cuál es la base de cotización (IBC) para repartidores en el Decreto 0991?

El Ingreso Base de Cotización (IBC) corresponde al 40% de los ingresos brutos mensuales obtenidos a través de la aplicación.

En ningún caso el IBC sobre el cual se calculan los aportes de salud, pensión y ARL puede ser inferior a un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV).

¿Quién sanciona el incumplimiento en el pago de seguridad social de plataformas?

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) es la entidad encargada de fiscalizar y sancionar el incumplimiento, la omisión o la inexactitud en el pago de los aportes derivados del Decreto 0991 de 2026. Las investigaciones pueden derivar en multas e intereses de mora.

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