Valor del salario mínimo 2026 en Colombia: mensual, por día y por hora
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| Publicación agosto 14, 2026| Última actualización agosto 14, 2026
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El valor del salario mínimo 2026 en Colombia es de $1.750.905 mensuales, un aumento del 23% ($327.405) frente al $1.423.500 de 2025. Con el auxilio de transporte de $249.095, el ingreso mensual de quien recibe el mínimo llega a $2.000.000 exactos.
La cifra fue fijada por el Decreto 1469 de 2025, que rige con plena vigencia desde que el Consejo de Estado revocó su suspensión en julio de 2026, como se verá más adelante.
A continuación se detallan los valores completos del mínimo para 2026: en cuánto queda por día y por hora, cómo opera el auxilio de transporte, en cuánto quedó el salario integral y, sobre todo, el efecto en la nómina de las empresas. Además, hay un cambio que ya está en vigor: desde el 15 de julio la jornada máxima legal es de 42 horas semanales y el valor de cada hora cambió.
¿Cuál es el valor del salario mínimo 2026 en Colombia?
El salario mínimo mensual legal vigente (SMLMV) de 2026 es de $1.750.905 desde el 1 de enero. Frente al $1.423.500 de 2025, el incremento es de $327.405 (un 23%).
La cifra no salió de un acuerdo tripartito. La negociación en la Comisión Permanente de Concertación terminó el 15 de diciembre de 2025 sin consenso, y el Gobierno fijó el aumento de manera unilateral con el Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025.
Esa decisión terminó en los tribunales, como se verá más adelante, aunque el valor operativo no ha cambiado.Para el colaborador que devenga el mínimo, es decir, que lo percibe como salario mensual, y además recibe auxilio de transporte, el ingreso total queda en $2.000.000.
| Concepto | Valor 2026 | Valor 2025 | Variación |
|---|---|---|---|
| Salario mínimo mensual (SMLMV) | $1.750.905 | $1.423.500 | +23,0% |
| Auxilio de transporte | $249.095 | $200.000 | +24,5% |
| Ingreso total (mínimo + auxilio) | $2.000.000 | $1.623.500 | +23,2% |
| Tope para recibir auxilio (2 SMLMV) | $3.501.810 | $2.847.000 | +23,0% |
| Salario integral mínimo (13 SMLMV) | $22.761.765 | $18.505.500 | +23,0% |
| Tope de exoneración de aportes (10 SMLMV) | $17.509.050 | $14.235.000 | +23,0% |
¿En cuánto queda el salario mínimo por día y por hora en 2026?
El valor día del salario mínimo 2026 es de $58.363,50 (salario mensual dividido en 30, la convención que se usa para liquidaciones), y el valor de la hora ordinaria fue de $7.959 hasta el 14 de julio y es de $8.338 desde el 15 de julio de 2026.
¿Por qué cambió la hora a mitad de año? porque desde el 15 de julio de 2026 rige la fase final de la Ley 2101 de 2021: la jornada máxima legal bajó de 44 a 42 horas semanales, el último escalón de una reducción que arrancó en 2023 desde las 48 horas. Con menos horas al mes como base de cálculo (de 220 a 210), cada hora vale más.
El artículo 4 de la misma ley prohíbe reducir el salario o las prestaciones por la disminución de la jornada, así que el salario mensual se mantiene y el ajuste recae en el valor de cada hora efectiva de trabajo y, con él, en las horas extras y recargos.
| Concepto | 1 ene al 14 jul 2026 (jornada de 44 horas) | Desde el 15 jul 2026 (jornada de 42 horas) |
|---|---|---|
| Divisor mensual de horas | 220 horas | 210 horas |
| Valor hora ordinaria | $7.958,66 | $8.337,64 |
| Hora extra diurna (+25%) | $9.948 | $10.422 |
| Hora extra nocturna (+75%) | $13.928 | $14.591 |
| Valor día para liquidaciones (salario ÷ 30) | $58.363,50 | $58.363,50 (no cambia) |
La fórmula, con el divisor nuevo:
$1.750.905 ÷ 210 = $8.337,64 por hora ordinaria
Ahora bien, para liquidar recargos puntuales sin errores de divisor, conviene revisar que el liquidador de nómina aplique el valor vigente según la fecha.
¿En qué quedó la suspensión del decreto del salario mínimo?
La suspensión quedó revocada. Mediante auto del 9 de julio de 2026 (Rad. 11001-03-25-000-2026-00004-00, notificado por estado y conocido el 17 de julio), la Sección Segunda del Consejo de Estado revocó la suspensión provisional del Decreto 1469 de 2025 y negó la medida cautelar. En consecuencia, el decreto rige con plena vigencia y el Decreto 0159 de 2026, que sostenía la cifra de forma transitoria, quedó sin efectos.
La demanda de nulidad simple continúa de fondo. Si algún día prosperara, no habría devolución de los saldos ya pagados.
La cronología, paso a paso:
- 15 de diciembre de 2025: la Comisión Permanente de Concertación cierra sin acuerdo entre Gobierno, empresarios y centrales obreras.
- 29 de diciembre de 2025: el Gobierno expide el Decreto 1469 (mínimo de $1.750.905, +23%) y el Decreto 1470 (auxilio de transporte de $249.095).
- 12 de febrero de 2026: el Consejo de Estado suspende provisionalmente el Decreto 1469 por posible violación del artículo 8 de la Ley 278 de 1996, que regula la fijación unilateral, y ordena expedir un decreto transitorio.
- Febrero de 2026: el Decreto 0159 mantiene los $1.750.905 de forma transitoria mientras se resuelve la medida cautelar.
- Abril de 2026: el Consejo de Estado niega los recursos contra la suspensión, que sigue en firme.
- 9 de julio de 2026: la Sección Segunda del Consejo de Estado (Rad. 11001-03-25-000-2026-00004-00, auto notificado por estado y conocido el 17 de julio) revoca el auto del 12 de febrero, niega la medida cautelar de suspensión y deja sin efectos el Decreto 0159. El Decreto 1469 de 2025 recupera su plena vigencia.
- Julio de 2026: la demanda de nulidad sigue su trámite de fondo, con el valor de $1.750.905 plenamente vigente.
Atención para nómina: la referencia obligatoria es $1.750.905 bajo el Decreto 1469 de 2025, plenamente vigente. La demanda de nulidad continúa su trámite de fondo. Los efectos que eventualmente tendría una sentencia deberán determinarse conforme a lo que disponga el Consejo de Estado.
¿Cómo quedó el auxilio de transporte en 2026?
El auxilio de transporte 2026 es de $249.095 mensuales, un aumento del 24,5% frente a los $200.000 de 2025, fijado por el Decreto 1470 de 2025.
Lo reciben los trabajadores que devengan hasta 2 SMLMV ($3.501.810 en 2026). Y tiene una naturaleza particular que la nómina debe respetar: es un pago no salarial, así que no integra la base de aportes a seguridad social, pero sí se suma al momento de liquidar prima de servicios y cesantías.
Un dato que generó confusión este año: la discusión judicial, ya resuelta a favor de la vigencia del mínimo, recayó únicamente sobre el decreto del salario. El Decreto 1470 quedó siempre por fuera del pleito y nunca dejó de regir.
¿Cuál es el salario integral mínimo en 2026?
El salario integral mínimo para este 2026 es de $22.761.765, que corresponde a 13 SMLMV: 10 de salario básico más un factor prestacional del 30% (3 SMLMV). No incluye auxilio de transporte.
Ahora, hay dos reglas operativas para tener presentes. La primera: el salario integral debe pactarse por escrito; sin ese pacto, el trabajador conserva el derecho a prestaciones separadas. La segunda: para seguridad social y parafiscales cotiza sobre el 70% del valor, lo que deja el IBC 2026 en $15.933.235,50.
¿Cuánto le cuesta a una empresa un colaborador con salario mínimo en 2026?
Un colaborador con salario mínimo cuesta cerca de $2.715.573 mensuales para una empresa que aplica la exoneración de aportes del artículo 114-1 del Estatuto Tributario, y alrededor de $2.951.945 si no la aplica. El cálculo, hecho con las normas vigentes, suma el salario, el auxilio de transporte, la provisión de prestaciones sociales y los aportes del empleador con ARL de riesgo I.
Es decir, el costo real queda casi un millón de pesos por encima del salario base, incluso con exoneración. El detalle, componente por componente, con un IBC de $1.750.905 (el auxilio de transporte no entra en la base de aportes):
| Componente | Base normativa | Valor mensual | ¿Exonerable art. 114-1 ET? |
|---|---|---|---|
| Salario mínimo mensual | Decreto 1469 de 2025 | $1.750.905 | No aplica |
| Auxilio de transporte | Decreto 1470 de 2025 | $249.095 | No aplica |
| Prima de servicios (provisión) | Art. 306 CST (un salario al año, con auxilio) | $166.667 | No aplica |
| Cesantías (provisión) | Art. 249 CST (un salario al año, con auxilio) | $166.667 | No aplica |
| Intereses de cesantías (provisión) | Ley 52 de 1975 (12% anual sobre cesantías) | $20.000 | No aplica |
| Vacaciones (provisión) | Art. 186 CST (salario ÷ 24, sin auxilio) | $72.954 | No aplica |
| Pensión empleador (12%) | Ley 100 de 1993, art. 20 | $210.109 | No |
| Salud empleador (8,5%) | Ley 100 de 1993, art. 204 | $148.827 | Sí |
| ARL riesgo I (0,522%) | Decreto 1607 de 2002 | $9.140 | No |
| Caja de compensación (4%) | Ley 21 de 1982 | $70.036 | No |
| SENA (2%) | Ley 21 de 1982 | $35.018 | Sí |
| ICBF (3%) | Ley 89 de 1988 | $52.527 | Sí |
| Total mensual con exoneración | Suma sin salud patronal, SENA ni ICBF | $2.715.573 | No aplica |
| Total mensual sin exoneración | Suma de todos los componentes | $2.951.945 | No aplica |
Ojo con la ARL: el valor de la tabla corresponde al riesgo I (0,522%), el más bajo. La tarifa depende de la clase de riesgo de cada actividad y puede llegar hasta 6,96% en riesgo V, así que el costo real varía por empresa.
Sobre la exoneración del artículo 114-1: aplica para personas jurídicas (y personas naturales con dos o más trabajadores) respecto de quienes devenguen menos de 10 SMLMV (menos de $17.509.050 en 2026). Por debajo de ese umbral, el empleador no paga la salud patronal del 8,5%, ni SENA, ni ICBF; solo pensión, ARL y caja de compensación.
En el salario integral la exoneración no opera: según la posición vigente de la UGPP (febrero de 2026), quien devenga salario integral percibe 10 o más SMLMV mensuales, así que el empleador sí paga la salud del 8,5%, el SENA y el ICBF por esos colaboradores.
Con un software de nómina como Buk, estos valores y topes se actualizan solos y las horas extras se calculan con el divisor correcto según la fecha. Con dos divisores conviviendo en el mismo mes de julio, conviene revisar ese cálculo con especial cuidado.
¿Qué significa el aumento del 23% para la gestión de personas?
Para la gestión de personas, el aumento del 23% se propaga por toda la estructura de compensación: presupuesto de nómina, conceptos indexados al SMLMV, horas extras y un proceso judicial abierto. Fue, además, un aumento de más de cuatro veces la inflación: el IPC cerró 2025 en 5,10% anual, según el comunicado oficial del DANE.
La motivación del decreto combinó los parámetros técnicos de la Ley 278 de 1996 (IPC observado anual a noviembre de 2025 de 5,3% y productividad total de los factores de 0,91%) con un componente adicional de cierre de brecha frente al salario vital.
El impacto no se limita a quienes ganan el mínimo. Según datos de la GEIH del DANE citados por La República, 2,4 millones de trabajadores (10,3% de los ocupados) ganaban exactamente un mínimo en 2025, una caída frente a los 3,7 millones de 2024.
De acuerdo con el mismo levantamiento del DANE, reportado por El Colombiano, el 48,9% de los ocupados ganaba menos de un mínimo entre enero y octubre de 2025. Ese contexto pesó en la discusión de diciembre y explica parte de la tensión alrededor del decreto.
Un repaso rápido de lo que conviene revisar en lo que queda de 2026:
- Presupuesto de nómina: el costo de cada colaborador con mínimo subió, y desde el 15 de julio el valor hora subió otro 4,76% por el cambio de divisor.
- Conceptos indexados al SMLMV: tope del auxilio de transporte ($3.501.810), umbral de exoneración de aportes ($17.509.050) y salario integral mínimo ($22.761.765) ya quedaron recalculados. Conviene verificar que el sistema los tenga al día.
- Turnos y horas extras: con la jornada de 42 horas, mantener la operación con la misma estructura de turnos puede disparar el gasto en recargos. Conviene rediseñarlos cuanto antes.
- Proceso judicial: conviene asignar un responsable de seguir el fallo de fondo de la demanda de nulidad contra el Decreto 1469 de 2025. Si la decisión modifica algo, el equipo debe saberlo el mismo día.
Colombia llega a julio de 2026 con dos movimientos simultáneos, aumento fuerte del mínimo y reducción de jornada, y ambos golpean la misma línea del P&G: el costo laboral. Las empresas que ya automatizaron el cálculo de nómina y separaron la planeación de turnos de la hoja de cálculo van a absorber el cambio con menos fricción.
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Preguntas frecuentes
¿Puede cambiar el salario mínimo 2026 antes de que termine el año?
Es poco probable, pero el proceso sigue abierto. En julio de 2026 el Consejo de Estado revocó la suspensión del Decreto 1469 de 2025, que rige con plena vigencia, y el valor obligatorio es $1.750.905. La demanda de nulidad continúa de fondo; si prosperara, no habría devolución de los saldos ya pagados.
¿El auxilio de transporte suma para los aportes a seguridad social?
No. El auxilio de transporte es un pago no salarial y no integra la base de cotización a salud, pensión ni ARL. Sí se incluye, en cambio, al liquidar prima de servicios y cesantías.
¿Quiénes reciben el auxilio de transporte en 2026?
Los trabajadores que devengan hasta 2 SMLMV, es decir, hasta $3.501.810 mensuales en 2026. Por encima de ese tope no hay derecho al auxilio de $249.095.
¿Baja el salario con la jornada de 42 horas desde el 15 de julio?
No. El artículo 4 de la Ley 2101 de 2021 prohíbe reducir el salario o las prestaciones por la disminución de la jornada. El salario mensual se mantiene y el valor de la hora ordinaria sube de $7.959 a $8.338 para quien gana el mínimo.
¿Cómo asegurar que la nómina aplique bien el nuevo salario mínimo?
La forma más segura es automatizar los valores vigentes. Un software de nómina como Buk aplica el salario mínimo, el auxilio de transporte y el cambio de jornada del 15 de julio en cada liquidación, de modo que el equipo evita ajustes manuales y errores de divisor en horas extras y recargos.
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