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Artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo en Colombia

<span id=hs_cos_wrapper_name class=hs_cos_wrapper hs_cos_wrapper_meta_field hs_cos_wrapper_type_text style= data-hs-cos-general-type=meta_field data-hs-cos-type=text Artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo en Colombia

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| 4 Minutos de lectura

| Publicación septiembre 4, 2026| Última actualización septiembre 4, 2026

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El artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo de Colombia define los elementos que integran el salario de los colaboradores, estableciendo que este no solo abarca el sueldo fijo pactado, sino toda remuneración que se reciba como contraprestación directa del servicio.

 

Esta norma, modificada por la Ley 50 de 1990, constituye el pilar fundamental para liquidar correctamente las prestaciones sociales, las vacaciones y las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral en el país.

¿Qué es el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo?

El artículo 127 dice qué pagos que una empresa entrega a sus colaboradores cuentan como salario. En términos simples: si un pago retribuye directamente el trabajo de la persona, debe reconocerse como salario, sin importar el nombre que se le dé. Esto protege al trabajador y evita que una empresa disfrace parte de su remuneración bajo otro concepto para reducir sus obligaciones de nómina.

Para gestión humana, esta distinción es clave al diseñar esquemas de compensación. Clasificar mal un pago puede traer sanciones de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) o demandas laborales.

¿Qué conceptos constituyen salario según el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo?

Constituyen salario la remuneración ordinaria —fija o variable— y cualquier pago en dinero o en especie que el colaborador reciba a cambio de su trabajo. La norma incluye:

 

  • Sueldo básico: El pago fijo acordado en el contrato de trabajo.
  • Comisiones y porcentajes sobre ventas: Ingresos variables que dependen del rendimiento comercial del colaborador.
  • Sobresueldos y bonificaciones habituales: Pagos adicionales que se entregan de forma periódica y recurrente.
  • Trabajo suplementario: El valor de las horas extras trabajadas fuera de la jornada ordinaria.
  • Recargos por días de descanso: El pago adicional por trabajar en domingos o festivos.

Para el año 2026, el salario mínimo mensual legal vigente en Colombia es de $1.750.905 pesos colombianos. Además, la jornada laboral ordinaria máxima se redujo a 42 horas semanales a partir del 15 de julio de 2026 según la Ley 2101 de 2021, lo que modificó el valor de la hora ordinaria de trabajo.

La fórmula para calcular la hora ordinaria de un colaborador con salario mínimo se expresa así:

📐 Cálculo del valor de la hora ordinaria (2026)
Fórmula general: Valor de la hora ordinaria = Salario mensual ÷ 210
Aplicación con valores vigentes: $1.750.905 ÷ 210 = $8.337,64

¿Cuál es la diferencia entre el artículo 127 y el artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo?

La diferencia entre el artículo 127 y el artículo 128 del Código Sustantivo del Trabajo radica en la finalidad del pago: el primero regula los ingresos que retribuyen directamente el trabajo, mientras que el segundo define los pagos que no enriquecen el patrimonio del colaborador.

 

El artículo 128 cubre los pagos que la empresa entrega por decisión propia, no por obligación —o que son herramientas para trabajar, no una ganancia para el colaborador—. Por eso no cuentan como salario.

 

Para facilitar la gestión de su nómina, la siguiente tabla detalla la clasificación de estos conceptos:

Concepto Artículo 127 (Constituye salario) Artículo 128 (No constituye salario)
Sueldo básico y comisiones Sí, es la base de la retribución. No aplica.
Horas extras y recargos nocturnos Sí, compensan el tiempo adicional de servicio. No aplica.
Bonificaciones ocasionales No. Sí, si la empresa las da por decisión propia, no por obligación.
Herramientas de trabajo y viáticos de transporte No. Sí, son necesarios para ejecutar la labor.
Auxilios extralegales pactados como no salariales No. Sí, si existe un acuerdo expreso entre las partes.

¿Cómo impacta el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo en los aportes de nómina?

Aquí está el efecto más práctico de esta norma: define cuánto debe pagar la empresa en seguridad social por cada colaborador. Todos los pagos que constituyen salario según el artículo 127 se suman para formar el Ingreso Base de Cotización (IBC), que es el valor sobre el cual se calculan los aportes a salud, pensión, riesgos laborales y parafiscales.

 

Ahora bien, no se puede sacar cualquier pago del salario para reducir el IBC. El artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 pone un límite: los pagos no salariales (los del artículo 128 pactados como tales) no pueden superar el 40% de la remuneración mensual total del colaborador. Si se pasa de ese límite, el exceso vuelve a sumarse al IBC.

 

Ejemplo: Un colaborador gana un salario básico de $3.000.000 (Art. 127) y recibe auxilios no salariales pactados por $2.500.000 (Art. 128). Su remuneración total es de $5.500.000. El 40% de ese total es $2.200.000, pero los auxilios pactados ($2.500.000) lo superan por $300.000. Ese exceso se suma de vuelta: $3.000.000 (Salario) + $300.000 (Exceso) = $3.300.000 de IBC.

Clasificar bien el salario, un control que no debería depender de la memoria

Para automatizar estos procesos y evitar inconsistencias que puedan generar requerimientos de la UGPP, el software de nómina de Buk resulta un aliado estratégico. Además, la calculadora laboral de Buk calcula automáticamente el IBC de cada colaborador.

 

El Software de Nómina de Buk te permite automatizar y simplificar el cálculo de tus pagos y liquidaciones, los aportes al Sistema de Protección Social a través de la planilla PILA, centralizar tu contabilidad, crear documentos soporte de Nómina Electrónica y más.

 

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Preguntas frecuentes

¿Las comisiones por ventas forman parte del salario según el artículo 127?

Sí, las comisiones y los porcentajes sobre ventas constituyen salario de forma obligatoria, ya que retribuyen de manera directa el esfuerzo y la labor del colaborador en beneficio de la empresa.

¿Qué sucede si una bonificación se paga habitualmente?

Si una bonificación se entrega de manera habitual y periódica, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia establece que adquiere naturaleza salarial por el principio de primacía de la realidad, incluso si existe un acuerdo firmado que intente excluirla de la base salarial.

¿El auxilio de transporte se considera salario según el artículo 127?

No, el auxilio de transporte no constituye salario bajo el artículo 127 porque su fin no es retribuir el servicio, sino subsidiar los gastos de movilización del colaborador.

Sin embargo, por disposición de la Ley 1 de 1963, debe incluirse en la base para liquidar la prima de servicios y las cesantías.

¿Cómo ayuda Buk a cumplir con las normas del artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo?

El sistema de gestión de nómina de Buk permite parametrizar cada concepto de pago de acuerdo con la legislación laboral colombiana.

Al clasificar correctamente los rubros salariales del artículo 127 y los no salariales del artículo 128, la plataforma calcula de forma automatizada las prestaciones sociales y la seguridad social, minimizando los riesgos de errores operativos.

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