Cambios en la PILA 2025: Resolución 467 y reforma pensional

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| Publicación junio 17, 2025| Última actualización agosto 4, 2025
El próximo primero de agosto de 2025, entrará en vigencia la Resolución 467 de 2025, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social. Este marco normativo actualiza diferentes lineamientos para la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), estos cambios obedecen a lo establecido por la nueva reforma pensional de Colombia (Ley 2381 de 2024).
Estos cambios tienen injerencia directa en la forma en que empleadores y colaboradores independientes deben reportar sus aportes al sistema pensional, ya que es clave conocer lo que abarcan dichas novedades.
¿Qué es la PILA?
De acuerdo al Ministerio de Justicia y Seguridad Social, la PILA, cuya sigla hace referencia a Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, es una herramienta creada para facilitar los pagos al sistema de Seguridad Social Integrada y Parafiscales. Si quieres saber a profundidad todo sobre esta funcionalidad te invitamos a leer el siguiente artículo.
¿Qué cambios trae la resolución 467?
La resolución 467 de 2025 modifica la PILA y la ajusta a la reforma pensional establecida en la ley 2381 de 2024. Esta modificación se basa en la inclusión de una nueva forma para distribuir los aportes al sistema pensional. La idea de la resolución es que los empleadores o trabajadores independientes no deban realizar modificaciones manuales en su sistema.
Ley 2381 de 2024
La ley 2381 de 2024 obedece a la reforma pensional aprobada por el Congreso de la República. En ella, se regula un nuevo sistema de protección social destinado a la vejez, invalidez y muerte común en Colombia. Como objetivo principal, este marco normativo apunta a garantizar un mayor alcance de la seguridad social en nuestro país y que cada vez más gente pueda acceder a una pensión.
Actualización en tipo de cotizante 51 y planilla M
La planilla tipo M es la herramienta para regular la situación de todos los aportantes que se encuentran en mora o en un retraso de sus obligaciones. Uno de los cambios más recientes en cuanto al uso de de es:
Elemento |
Estado anterior (antes julio 2025) |
Cambio desde julio 2025 (Res. 467/25) |
Tipo de cotizante |
51 en planilla tipo E (Empleados) |
51 también permitido en planilla tipo I, si es aportante 15 y se cumplen validaciones |
Planilla M |
No aplica para cotizante 51 |
La migración a planilla I no afecta planilla M, que sigue siendo para mora, correcciones, UGPP, etc. (cotizante 51 no se reporta en M) (minsalud.gov.co) |
¿Qué tiene que ver la Resolución 467 de 2025 con la reforma pensional?
La Resolución 467 de 2025 es la norma naciente cuyo propósito será ajustar la PILA para permitir la implementación del nuevo Sistema de Protección Social Integral por pilares creado en la reforma pensional.
De acuerdo a las novedades normativas, a partir del 1 de julio de 2025, todos los aportes al sistema de pensiones nacional deberán ser distribuidos según el tipo de afiliación de cada colaborador (Colpensiones o administradoras privadas), semanas cotizadas y nivel de ingresos.
En este orden de ideas, la PILA se convierte en el recurso que realiza las operaciones hacia el nuevo modelo pensional, sin que los aportantes, es decir, los colaboradores tengan que hacer modificaciones manuales.
Principales cambios en la PILA según la Resolución 467 de 2025
Resumen de modificaciones clave:
Cambio |
Descripción |
Actualización del glosario y estructura de la planilla |
Se incluyen nuevos conceptos como el componente ACCAI y campos relacionados con el régimen de transición. |
Distribución automática de aportes |
Según semanas cotizadas e Ingreso Base de Cotización (IBC), la PILA distribuye los aportes entre Colpensiones y ACCAI. |
No se requiere modificación de sistemas internos |
Los operadores de información se encargan de hacer los cálculos automáticos. |
Códigos de novedades nuevos |
Se incorporan nuevos tipos de novedades como TDP, TAP, entre otros. |
Más cambios en la PILA según la Resolución 467 de 2024
Aspecto |
Antes de la Resolución 467 |
Después de la Resolución 467 |
Tipo de cotizante 51 |
Se usaba para trabajadores independientes con contratos inferiores a un mes. |
Se redefine para facilitar aportes proporcionales y se amplía el campo de aplicación. |
Planilla M (Independientes) |
No permitía declarar periodos inferiores a un mes de forma sencilla. |
Se habilita el reporte por días trabajados, mejorando la precisión en los aportes. |
Facilidad de liquidación |
Procesos más rígidos y manuales para quienes trabajaban por días. |
Mayor automatización y claridad en la liquidación para contratistas y trabajadores por días. |
Implicaciones para empleadores y empleados independientes
Para empleadores:
- No se requiere cambiar el sistema de nómina.
- Los operadores realizarán la redistribución de aportes de manera automática.
- Se deben reportar correctamente las novedades y mantener actualizada la información del personal.
Para trabajadores independientes:
- El IBC será calculado con la suma de ingresos mensuales provenientes de todos los contratos vigentes.
- Si el IBC supera 2.3 salarios mínimos y no se cumplen las semanas mínimas del régimen de transición, los aportes se distribuyen entre Colpensiones y la ACCAI seleccionada.
Ejemplo numérico:
Trabajador independiente con salario mensual de 1.5 Salarios Mínimos:
- Tiene 700 semanas cotizadas (no aplica para realizar transición).
- Todo su aporte se destina a Colpensiones (no aplica ACCAI porque no supera el umbral de los 2.3 SMMLV).
Trabajador independiente con 5 SMMLV de ingreso mensual:
- Tiene 650 semanas cotizadas (no cumple transición).
- Sus aportes se dividirán así:
- 2.3 SMMLV se cotizan a Colpensiones.
- 2.7 SMMLV restantes se cotizan al ACCAI.
Eliminación de la novedad “V” para licencia no remunerada
La novedad “V” es una figura presente el gestión de aportes sociales y liquidación de nómina que significa la suspensión del contrato laboral por concepto de una licencia no remunerada. La eliminación de la misma se puede presentar cuando la licencia tenga un período extenso y se considerará como la suspensión momentánea del contrato de trabajo.
Es importante saber que esta figura se utiliza cuando un colaborador no está recibiendo su salario, pero continúa vinculado a la empresa por medio del contrato de trabajo.
¿Cómo aplicar los cambios de la PILA en tu empresa o emprendimiento?
- Verifica tu operador de PILA: asegúrate de que esté implementando la nueva lógica de distribución automática. Un Software digital especializado en Nómina deberá estar alineado con todos los cambios de la PILA.
- Capacita a tu equipo administrativo: es importante transmitir a los equipos de trabajo la información pertinente en la gestión de novedades y validación del IBC.
- Audita los aportes de julio: como ensayo general reglamentario antes de la entrada en vigor el 1 de agosto.
- Incluye cláusulas en contratos de prestación de servicios: que aclaren las nuevas condiciones del sistema de aportes.
- Reporta novedades correctamente: usa los nuevos códigos definidos por el Ministerio de Salud. Los puedes consultar en el siguiente link.
Redondeando las ideas, los cambios en la PILA en 2025 son medidas operacionales que obedecen a una de las reformas más profundas del sistema pensional colombiano. Comprender cómo aplicar correctamente estas modificaciones será vital para evitar errores, sanciones y para garantizar que trabajadores y empleadores estén alineados con la ley.
¿Y tú? ¿Ya estabas al tanto de estas modificaciones? ¡Déjanos saber en los comentarios!
Preguntas frecuentes
¿Cómo calcular el IBC si tengo múltiples contratos como independiente?
Deberás sumar todos los ingresos mensuales de cada uno de los contratos activos en el mes. Sobre ese total, será necesario restar costos asociados y sobre ese resultado aplicar el 40%. Si el resultado supera los 2.3 SMMLV, se aplicará la distribución entre Colpensiones y el ACCAI.
¿Qué debo hacer si mi contratante no asume el pago de mis aportes?
Como trabajador independiente, deberás declarar y pagar tus aportes. Si tu contratante incumple con una obligación pactada contractualmente, puedes acudir a la UGPP o la jurisdicción laboral.
¿Cómo reportar correctamente las novedades en la PILA?
Usa los nuevos códigos establecidos en la Resolución 467. Por ejemplo:
- ING: ingreso
- RET: retiro
- TDP/TAP: novedades asociadas a transición y componente ACCAI
¡Hola, soy Miguel Ángel! Creo en la versatilidad de las palabras y me apasiona comunicar por medio de la investigac...
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