Cultura y bienestar laboral

¿Estoy pagando adecuadamente las prestaciones sociales de mi empresa?

Cumplir a cabalidad con el pago de las prestaciones sociales en una compañía es una parte vital para la cultura organizacional exitosa de una empresa.

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| 7 Minutos de lectura

| Publicación junio 9, 2023| Última actualización mayo 15, 2024


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Es importante ser transparente con todos los elementos de tu organización, y esto se logra conociendo bien los deberes monetarios que tienes con tus colaboradores. ¿Tienes dudas? Enseguida, te aclararemos un poco el panorama de las prestaciones de ley en Colombia.
 
El pago de la nómina es la base de esa responsabilidad salarial que cada organización tiene con sus trabajadores, la facilidad para optimizar ese proceso y su cumplimiento será vital para mantener un clima organizacional positivo. Enseguida, te contaremos más sobre las prestaciones de ley en Colombia. 

¡Comencemos!

 Cesantías

Las cesantías son un ahorro obligatorio que se entrega al colaborador cuando termina la relación laboral. La cifra equivale a un mes de salario, por un año devengado. En este sistema el empleador liquida las cesantías el 31 de diciembre de cada año y las deposita a más tardar el 14 de febrero del año siguiente.

El salario base para liquidar la cesantía se calcula de la siguiente manera:
Si el salario del colaborador no ha variado en los tres meses anteriores a la liquidación, se toma el último salario mensual devengado. Por otro lado, si el pago del trabajador ha variado en los tres meses anteriores a la liquidación, se toma el promedio del salario devengado en el último año. Si el tiempo laborado es menor a un año, se toma el promedio del salario devengado en todo el tiempo laborado.

Las cesantías son una prestación social obligatoria en Colombia, equivalente al 8.33% del salario devengado por el trabajador. Para calcularlas, simplemente multiplicamos el salario mensual por 0.0833. Por ejemplo, si un empleado gana $2,000,000 al mes, sus cesantías serían $166,600.

Intereses sobre las cesantías

Los intereses sobre las cesantías son un beneficio adicional para los trabajadores y se calculan sobre el saldo acumulado de las cesantías. La tasa de interés varía anualmente y se establece por el Gobierno. Por lo general, se calcula con la fórmula [(saldo cesantías * tasa de interés) / 12].

Por ejemplo, si un empleado tiene $10,000,000 en cesantías y la tasa de interés es del 5%, sus intereses mensuales serían aproximadamente $41,666. Es importante aclarar que los intereses de las cesantías se pagan anualmente en el mes de diciembre. El pago de intereses se realiza directamente al trabajador por parte del fondo de cesantías.

 Prima de servicios

La prima de servicios es un pago adicional que corresponde al 8.33% del salario devengado por el trabajador durante el año. Se calcula dividiendo el salario devengado entre 12 y multiplicando el resultado por el número de meses trabajados en el año. Por ejemplo, si un empleado gana $2,000,000 al mes y trabajó los 12 meses del año, su prima de servicios sería $200,000.

El pago de la prima de servicios se realiza en dos partes: la primera mitad se cancela en el mes de junio y la segunda en el mes de diciembre. El empleador tiene la obligación de pagar la prima de servicios a todos los colaboradores que hayan laborado durante el año, independientemente de su tipo de contrato o modalidad de trabajo.

Vacaciones

El pago de las vacaciones equivale al salario que el colaborador recibirá durante los días de descanso a los que tiene derecho de acuerdo a la ley colombiana. De acuerdo a ello, este valor se calcula multiplicando el salario diario por los días de vacaciones correspondientes. Por ejemplo, si un empleado gana $100,000 al día y tiene derecho a 15 días de vacaciones, su pago sería $1,500,000.

Un trabajador en Colombia tiene derecho a los siguientes días de vacaciones: 

El número de días de vacaciones a los que tiene derecho un trabajador en Colombia depende de su tiempo de servicio:

 

  • 15 días: Para colaboradores con menos de un año de servicio.
  • 16 días: Para colaboradores con un año de servicio cumplido.
  • 17 días: Para colaboradores con dos años de servicio cumplidos.
  • 18 días: Para colaboradores con tres años de servicio cumplidos.
  • 19 días: Para colaboradores con cuatro años de servicio cumplidos.
  • 20 días: Para colaboradores con cinco años o más de servicio cumplidos.

Además, el salario base para el pago de las vacaciones es el último salario mensual devengado por el trabajador al momento de iniciar las vacaciones.

Seguro médico

El seguro médico es una prestación social en Colombia que permite a los trabajadores acceder a servicios de salud de calidad. La cobertura y los costos del seguro médico varían según el plan que se elija, por lo que es importante revisar detenidamente las opciones disponibles antes de tomar una decisión.

Tipos de seguro médico

Régimen Contributivo: Es el régimen al que están afiliados la mayoría de los trabajadores. En este régimen, la prima del seguro médico se financia con aportes del empleador y del trabajador.


Régimen Subsidiado: Es el régimen al que están afiliados las personas de bajos recursos. En este régimen, la prima del seguro médico es subsidiada por el Estado.

Coberturas del seguro médico

Las coberturas del seguro médico varían según el plan que se elija. Sin embargo, la mayoría de los planes deben cubrir como mínimo:

 

  • Consultas médicas.
  • Medicamentos.
  • Hospitalización.
  • Procedimientos quirúrgicos.
  • Exámenes de laboratorio.
  • Parto.


    Nueva llamada a la acción

Plan de pensiones

El plan de pensiones es una prestación social obligatoria en Colombia que permite a los trabajadores acceder a una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes. La pensión se calcula con base a los aportes realizados por el empleador y el trabajador durante la vida laboral. Es importante calcular correctamente los aportes y asegurarse de cumplir con las regulaciones gubernamentales.

Tipos de planes de pensiones

Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS): es el régimen al que están afiliados la mayoría de los trabajadores. En este régimen, los aportes se dividen en una cuota individual y una cuota de solidaridad.


Régimen de Prima Media (RPM): es el régimen al que están afiliados algunos trabajadores, como los empleados públicos. En este régimen, la pensión se calcula con base al promedio de los salarios durante la vida laboral del trabajador.

Cálculo de los aportes

  • El porcentaje de los aportes al plan de pensiones varía según el tipo de plan que se elija. Sin embargo, en general, el aporte del empleador es del 8% del salario del trabajador y el aporte del trabajador es del 4%.
  • Es importante recordar que los aportes al plan de pensiones están exentos de impuestos.
  • El trabajador puede realizar aportes voluntarios adicionales al plan de pensiones, lo que le permitirá aumentar el monto de su pensión.

Retiro de los aportes

El trabajador puede retirar sus aportes del plan de pensiones en algunos casos específicos, como por ejemplo:

 

  • Si el trabajador pierde su empleo y no encuentra otro en un plazo de seis meses.
  • Si el trabajador cumple 60 años y no ha alcanzado la edad de jubilación.
  • Si el trabajador sufre una enfermedad grave o terminal.

Seguro de desempleo

El seguro de desempleo brinda protección económica a los trabajadores en caso de perder su empleo involuntariamente. Se financia con aportes mensuales realizados por el empleador y el empleado y ofrece un subsidio durante un período determinado. Es vital conocer las condiciones y requisitos para acceder a este beneficio.

Subsidio de desempleo

El subsidio de desempleo es una ayuda económica que el Estado colombiano otorga a los trabajadores que han perdido su empleo y cumplen con ciertos requisitos. El monto del subsidio se calcula con base al salario promedio del último año trabajado y se aplica una fórmula específica. Es importante estar al tanto de los procedimientos y plazos establecidos para solicitar el subsidio.

Requisitos para acceder al subsidio de desempleo

  • Haber cotizado al sistema de seguridad social durante un mínimo de 12 meses en los últimos 18 meses.
  • Estar desempleado y no recibir ningún tipo de ingreso laboral.
  • No ser propietario de bienes o inmuebles de alto valor.

Cálculo del monto del subsidio

  • Subsidio diario: (Salario promedio mensual del último año trabajado x 45%) / 30.
  • Subsidio mensual: Subsidio diario x 30.

Procedimiento para solicitar el subsidio

  • El procedimiento para solicitar el subsidio de desempleo se debe realizar ante la Caja de Compensación Familiar a la que el trabajador esté afiliado.
  • El plazo para solicitar el subsidio de desempleo es de un año a partir de la fecha de la terminación del contrato de trabajo.

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