Recargo dominical y festivo 2025: cómo se paga con la nueva reforma laboral

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| Publicación octubre 22, 2025| Última actualización octubre 22, 2025
El incremento progresivo del recargo dominical y festivo ha llegado con la Ley 2466 de 2024. Considerada como una de las modificaciones más esperadas en materia laboral ya que busca reconocer de manera más justa el trabajo en días de descanso. Esto viene con nuevos desafíos para las empresas, especialmente en temas de gestión de nómina, presupuestos y cumplimiento normativo.
¿Qué cambió con la Ley 2466 para los recargos dominicales y festivos?
Según el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), el recargo dominical y festivo en Colombia era del 75 % sobre el valor de la hora ordinaria. Con la Ley 2466 de 2024 se estableció un aumento progresivo hasta alcanzar el 100%. Esto con el fin de mejorar las condiciones laborales de quienes trabajan en estos días de descanso obligatorio.
Así será el incremento que se aplicará en tres etapas:
Año |
Porcentaje de recargo dominical y festivo |
Vigencia |
2024 |
75% |
Hasta junio de 2025 |
2025 |
80% |
Desde julio de 2025 |
2026 |
100% |
Desde julio de 2026 |
¿Cómo calcular el recargo dominical o festivo con los nuevos porcentajes?
La fórmula general para calcular el recargo dominical o festivo es:
Valor hora ordinaria × porcentaje del recargo = valor del recargo
Expliquemos con un ejemplo:
Un colaborador en tu empresa gana un salario de $1.300.000 mensuales y tiene una hora ordinaria de aproximadamente $5.416,67:
- En 2024 (75%): $5.416,67 × 0.75 = $4.062,50
- En 2025 (80 %): $5.416,67 × 0.80 = $4.333,34
- En 2026 (100 %): $5.416,67 × 1.00 = $5.416,67
De este modo, si el trabajador labora un domingo o festivo completo (8 horas), el pago adicional en 2025 será de $34.666,72 por jornada dominical.
Importante:
Si el trabajo dominical es habitual (tres o más domingos al mes), además del recargo, se debe pagar un día de descanso compensatorio o su valor equivalente en dinero.
Si el trabajo dominical es ocasional (uno o dos domingos al mes), solo se paga el recargo sobre las horas trabajadas.
Cuándo aplicar el recargo: horarios, festivos legales y dominicales
Según el Código Sustantivo del Trabajo, el domingo es el día oficial de descanso obligatorio, y los festivos corresponden a las fechas reconocidas por la ley como no laborales.
El recargo se aplica cuando:
- El trabajador labora en domingo o festivo.
- No recibe descanso compensatorio en otro día.
- El tiempo trabajado se encuentra dentro de la jornada legal (diurna o nocturna).
Si la jornada incluye horas nocturnas (de 9:00 p. m. a 6:00 a. m.), se sumará también el recargo nocturno, que equivale al 35 % adicional sobre la hora ordinaria.
Por ejemplo, un trabajador que labora en un domingo nocturno tendrá derecho al recargo dominical (80 %) + recargo nocturno (35 %), ambos calculados sobre la hora ordinaria.
Impacto para empresas: costos, nómina y planificación financiera
El aumento de los recargos dominicales y festivos tendrá un impacto directo en los costos laborales, especialmente en sectores con operación continua como comercio, hotelería, salud, call centers y transporte.
Esto hace que las empresas deban:
- Revisar sus presupuestos y planificar el impacto en la nómina desde 2025.
- Actualizar sus sistemas de liquidación para evitar errores o incumplimientos.
- Verificar la trazabilidad de los pagos, pues los errores pueden generar sanciones ante la UGPP o el Ministerio de Trabajo.
Buenas prácticas para evitar errores comunes al pagar recargos
- Actualizar las tablas de porcentajes de recargo cada año según el calendario de la Ley 2466.
- Registrar correctamente las jornadas trabajadas, diferenciando entre trabajo habitual y ocasional.
- Capacitar al equipo de nómina y RR. HH. en los nuevos parámetros legales.
- Evitar cálculos manuales, que aumentan el riesgo de error en las liquidaciones.
- Usar un software de nómina que refleje automáticamente los cambios normativos y genere reportes detallados: Buk.
- Auditar periódicamente las liquidaciones, especialmente en empresas con turnos rotativos o varios centros de trabajo.
Optimiza la gestión de tu nómina con Buk
Con los cambios que trae la reforma laboral, contar con una nómina clara, ordenada y actualizada se vuelve esencial para cualquier empresa. Tener procesos manuales o desactualizados puede generar errores, reprocesos y sobrecostos, especialmente en conceptos variables como recargos, horas extras o festivos.
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Además, facilita el cumplimiento de las obligaciones laborales y ofrece una experiencia más eficiente tanto para el área de RR. HH. como para los trabajadores. Agenda una llamada.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se llegará al recargo del 100 %?
A partir de julio de 2026, el recargo dominical y festivo será del 100 % sobre la hora ordinaria.
¿Cómo definir la hora ordinaria base para hacer el cálculo?
Se divide el salario mensual entre 240 horas (48 horas semanales). Ese calor será la base para aplicar los recargos y horas extras.
¿Se suman recargos si hay horas extras + festivo + nocturno?
Sí. Los recargos se calculan de forma independiente sobre la hora ordinaria y luego se suman: por ejemplo, una hora extra nocturna en domingo combina recargo por hora extra + recargo nocturno + recargo dominical.
¿A cuánto equivale el recargo dominical?
Durante el primer semestre de 2025 sigue siendo del 75 %.
Desde julio de 2025 sube al 80 %, y en 2026 alcanzará el 100 %.
¡Hola! Soy Sergio. A través de mi contenido, busco construir conexiones y promover una gestión más humana. Escribo ...
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