Pago de nómina

Aprende a calcular la prima de servicios

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| 3 Minutos de lectura

| Publicación febrero 22, 2022| Última actualización noviembre 27, 2023


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Calcular correctamente la prima de servicios es muy importante para los encargados de remuneraciones de cualquier empresa, pues la legislación laboral prevé como obligación que el empleador pague esta remuneración. De acuerdo con la legislación colombiana, el pago de la prima de servicios se traduce en un derecho de los trabajadores.


En este artículo te explicamos qué comprende la prima de servicios y cómo se calcula.

 

Prima de servicios en Colombia, ¿por qué se paga?

 

La prima de servicios constituye el reconocimiento otorgado a todo empleador que lleva a cabo una o varias actividades ya sea en una entidad pública o privada.


Esto equivale a 15 días de sueldo por cada seis meses laborados. Esto quiere decir que esta prima acontece dos veces anualmente –finales de junio y de diciembre, aproximadamente-, y la cifra se corresponde con un sueldo mensual teniendo en cuenta cada año trabajado.

 

¿Cómo es el cálculo de la prima de servicios?

En cuanto a la contabilización de esta prestación social, la prima de servicios equivale al valor de un mes de servicio en salario por cada colaborador, o el pago de una proporción si el tiempo laborado por el empleado fuese inferior a 30 días.


Un método infalible para iniciar el cálculo es la regla de tres simples del siguiente modo: al completar un año, 360 días, debe abonarse un sueldo de o 30 días de remuneración. La fórmula para efectuar la liquidación de la prima de servicios sería la siguiente:


Remuneración x cantidad de días laborados / 360 días = Prima de Servicios.


Esta liquidación deberá ser abonada en dos tramos y en cada semestre se realizará el cálculo. Recuerda que la base del cómputo para calcular la cifra tiene por equivalencia el promedio de la remuneración que fuera devengada por el empleado según el semestre correspondiente.
En atención a lo dicho, quien haya trabajado todo el semestre –enero/junio o julio/diciembre- recibirán la prima en su totalidad.

 

 

Nueva llamada a la acción

 

¿Quiénes tienen derecho a la prima de servicios en Colombia?

La misma debe ser abonada a todo trabajador que tenga un vínculo contractual, con independencia a si la modalidad del contrato es a término fijo con indefinición respecto a la duración del mismo.


La normativa laboral también involucra a aquellos trabajadores que mantienen contratos por días y labores de medio tiempo.


A su vez, son incluidos todos aquellos que trabajen en función de chofer de servicio familiar y efectuando tareas de servicio doméstico.

 

 

¿En qué plazos debe abonarse la prima de servicios?

Por manda legal, la prima debe abonarse dos veces al año a los colaboradores y debe liquidarse directamente a ellos.


Se realiza una prima a mitad de año que posee como fecha máxima para realizar el pago el día 30 de junio en términos anuales. Seguidamente, se efectúa el pago de una segunda prima con fecha máxima al 20 de diciembre anualizada.

 

 

¿Qué sanciones existen si no se paga la prima de servicios?

Dentro de las reparaciones recabadas por el Código Sustantivo del Trabajo, existen algunas sanciones moratorias que tienen vinculación por la falta de pago de la prima de servicios o por el pago fuera de término.


Por ejemplo, si el pago no se efectúa en tiempo y forma, el empleador debe indemnizar al trabajador con una cifra equivalente a un día de labor, por cada día que caiga en mora en cuanto al pago de esta prestación social.


Si el pago persistiera durante 24 meses, deberá sacarse un efectivo cómputo equivalente a los intereses moratorios, exponiéndose al pago de sanciones pecuniarias con un valor de hasta 5,000 pesos por parte del inspector laboral.


Asegúrate de realizar la prestación a tus colaboradores en los tiempos y condiciones establecidas por ley. Ten en cuenta que omitir estos pagos supone un grave incumplimiento de la norma.

 

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