Circular 0057 de 2026: Guía de contratación y reforma laboral
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| Publicación agosto 3, 2026| Última actualización agosto 3, 2026
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La Circular Externa 0057, expedida el 6 de julio de 2026 por el Ministerio del Trabajo, explica cómo deben aplicar los inspectores laborales la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025).
Entre otros aspectos, establece criterios sobre la estabilidad en el empleo, fija un límite de cuatro años para los contratos a término fijo y define cuándo estos deben convertirse en contratos a término indefinido.
¿Qué es la Circular 0057 de 2026 del Ministerio del Trabajo?
La Circular 0057 de 2026 es un instructivo del Ministerio del Trabajo que unifica los criterios de evaluación que aplican los inspectores del trabajo durante las auditorías administrativas a las empresas en Colombia.
Aunque la circular no crea ni modifica leyes por sí misma, constituye el manual oficial de evaluación para verificar el cumplimiento de las modalidades de contratación laboral tras la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025 en Colombia.
El contexto de la transición contractual en Colombia
La expedición de esta circular responde al volumen de consultas presentadas por empleadores y organizaciones sindicales sobre la Ley 2466 de 2025. La autoridad laboral busca orientar a sus Direcciones Territoriales para evitar el uso indebido de contratos temporales o comerciales en labores permanentes.
Principios del derecho laboral que prioriza la Circular 0057
La circular establece que las inspecciones deben realizarse con base en el bloque de constitucionalidad, el Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el mundo del trabajo y el artículo 53 de la Constitución Política. Por eso, los inspectores ponen especial atención en la dignidad de las personas, la estabilidad laboral y la equidad.
El principio de primacía de la realidad sobre las formas
El principio de primacía de la realidad sobre las formas establece que, si existe una diferencia entre lo que dice un contrato y lo que ocurre en la práctica, prevalecen las condiciones reales en las que se presta el servicio.
Por ejemplo, si una persona vinculada por prestación de servicios cumple horarios, recibe órdenes directas y presta un servicio personal subordinado, las autoridades presumirán la existencia de una relación laboral a término indefinido desde el inicio de la labor.
Favorabilidad y progresividad en los nuevos contratos
El principio de favorabilidad establece que, si una norma laboral puede interpretarse de diferentes maneras, debe aplicarse la opción que más beneficie al trabajador. Por su parte, el principio de progresividad impide reducir los derechos laborales ya reconocidos y protege la continuidad de esas garantías.
Modalidades de contratos laborales bajo el nuevo marco de 2026
La Ley 2466 de 2025 y la Circular 0057 introdujeron cambios en las reglas del Código Sustantivo del Trabajo (CST), estableciendo nuevos límites y requisitos para las diferentes modalidades de contratación.
Regulación de contratos a término fijo y por obra o labor
El contrato a término fijo requiere constancia escrita y tiene un límite máximo de 4 años de duración total, sumando el periodo inicial y sus prórrogas. Si la relación laboral supera este tope acumulado de 4 años y el trabajador continúa sus funciones, el vínculo se convierte automáticamente en un contrato a término indefinido.
Para los contratos por obra o labor determinada, la norma exige pacto escrito con la especificación precisa del proyecto o actividad requerida. Si no existe documento escrito, si el objeto es impreciso o si el trabajador continúa laborando tras terminar la obra, el contrato se considera a término indefinido desde su origen.
El contrato indefinido como regla general de contratación
En Colombia, el contrato a término indefinido es la modalidad de contratación que la ley prioriza, ya que no tiene una fecha de finalización establecida. Solo termina cuando existe una causa legal o una de las partes decide darlo por finalizado conforme a la normativa.
Por eso, las demás modalidades de contratación son excepcionales y el empleador debe demostrar que cumplen los requisitos previstos por la ley.
Si un contrato a término indefinido termina sin justa causa, el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) establece el pago de una indemnización. En cambio, si el despido es con justa causa, el empleador debe adelantar un debido proceso disciplinario antes de finalizar el contrato.
¿Cómo adecuar la nómina y los contratos de tu empresa a la Circular 0057 de 2026?
Alinear la gestión operativa de la empresa a los lineamientos oficiales ayuda a prevenir sanciones y reconversiones automáticas.
- Auditar los contratos a término fijo: Revisar las fechas de inicio y la suma de prórrogas para identificar vínculos próximos al límite de 4 años.
- Especificar los contratos de obra o labor: Eliminar objetos genéricos y detallar el proyecto técnico en el documento escrito.
- Evaluar la contratación de servicios: Verificar que los contratistas mantengan independencia técnica sin subordinación.
- Actualizar el Reglamento Interno de Trabajo: Incorporar normas de prevención del acoso laboral conforme al Convenio 190 de la OIT.
- Implementar herramientas de gestión de nómina: Configurar un control automatizado de vencimientos para monitorear el estado contractual del equipo.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la Circular 0057 de 2026 en el ámbito laboral colombiano?
Es una directiva del Ministerio del Trabajo que establece los criterios de inspección para aplicar la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025).
Regula aspectos de contratación, límites temporales y debido proceso disciplinario.
¿Qué pasa si uso un contrato de servicios en lugar de uno laboral según la Circular 0057?
Si existen subordinación, horarios y prestación personal del servicio, se aplica el principio de primacía de la realidad sobre las formas.
La autoridad puede concluir que, en realidad, existía un contrato a término indefinido y ordenar el pago retroactivo de los salarios, prestaciones y demás derechos laborales que correspondan.
¿Limita la Circular 0057 de 2026 los contratos a término fijo?
Sí. La circular aclara que la suma del contrato inicial y sus prórrogas no puede superar los 4 años de duración.
Cumplido este tope, si la relación continúa, el vínculo se convierte automáticamente en indefinido.
¿Cómo deben prepararse las empresas frente a esta circular?
Las empresas pueden auditar los vencimientos de sus contratos fijos, precisar por escrito los contratos por obra, ajustar el reglamento al Convenio 190 OIT y lo más recomendable es poder automatizar la nómina.
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